A pesar del hecho de que la Secretaría General de NNUU y otras organizaciones internacionales
han reconocido la existencia de más de 10.000 personas detenidas indiscriminadamente, sin
acusaciones concretas, las fuerzas estadounidenses e iraquíes continúan con sus detenciones
arbitrarias y prolongadas de ciudadanos iraquíes. Estas detenciones siguen produciéndose a
pesar de un decreto, recientemente publicado por el actual Consejo de ministros, que prohíbe
cualquier detención sin una base legal. Sin embargo, hay informes de casos en los que los jueces
por los familiares de los detenidos.
El acto más ultrajante y terrible atestiguado estos días en cárceles y campos de detención es el
tratamiento inhumano a los niños. Los niños son torturados para hacer que bien ellos mismos o
bien sus padres confiesen crímenes que no han cometido. Y a pesar de que las fuerzas
estadounidenses han establecido un Consejo para aquellos que quieran apelar contra la
detención de sus hijos, este Consejo no tiene ningún efecto práctico y solo sirve para limpiar la
imagen de las fuerzas estadounidenses. En efecto, este Consejo no impide que las fuerzas de
EEUU violen las Convenciones de Ginebra de 1949. Las Convenciones de Ginebra establecen
además que los ciudadanos solo pueden ser detenidos por razones de seguridad o para juzgarles
por los delitos penales que hayan cometido, y que tienen derecho de apelación. El derecho de
los detenidos a apelar no está garantizado en Iraq. Condenas de tres meses se amplían hasta
convertirse en varios años.
Es necesario mencionar que la violación de los Derechos Humanos más peligrosa en los campos
de detención estadounidenses en Iraq es su traslado a campos de detención estadounidenses
fuera de Iraq, como el de Guantánamo, cárceles a bordo de barcos de guerra estadounidenses
localizados en el Golfo Pérsico y en el Océano Pacífico, y a cárceles dentro de territorio kuwaití.
La Cruz Roja Internacional declaró la presencia de 8.500 iraquíes prisioneros de guerra en
Fuente: http://www.iraqsolidaridad.org/2004-2005/docs/econ_8-11-05.html
Raúl Contreras Sección 1 CRF.
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